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Nuevo seguro covid

Con el objetivo de promover un retorno seguro y gradual al trabajo, esta semana comenzó a regir la nueva ley que establece un seguro individual de carácter obligatorio en favor de aquellos trabajadores dependientes del sector privado que cuenten con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, ya sea total o parcial.
 
Lo anterior implica que los trabajadores de casa particular están incluidos en esta ley.
 
  • Pertenecen al sector privado.
  • Sus contratos están sujetos al Código del Trabajo.
  • Sus labores se desarrollan de manera presencial, ya sea total o parcial.
 
Qué cubre este seguro?
 
El nuevo seguro busca financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación que pudiera incurrir un trabajador en caso de contraer la enfermedad de coronavirus. Asimismo, el nuevo seguro obligatorio COVID-19 también establece un seguro de vida en caso de muerte causada por la enfermedad de coronavirus, el que cubriría UF 180 de capital.
 
Cual es el plazo para contratar?
 
El plazo para contratar el seguro es hasta el domingo 4 de julio de 2021.
 
Qué valor tiene?
 
El valor anual del seguro no podrá ser más alto de 0,42 UF, más IVA por persona. Esto es aproximadamente $14.850.-
 
El empleador debe cotizar en cualquier aseguradora, y elegir la que tenga el mejor precio evidentemente.
 
Donde se contrata?
 
En cualquier aseguradora.
 
Hay un empresa que ayuda a cotizar y muestra comparativamente las principales aseguradoras del mercado. Nosotros no tenemos relación con esta empresa, es solo una recomendación.
 
 
Qué hago despues de contratar?
 
Debe entregar una copia de la poliza al trabajador. Es importante dejar en el libro de asistencia una nota indicando este hecho y que ambas partes firmen.
 
Qué pasa si no lo contrato?
 
El empleador se va a tener que hacer cargo de todo lo que hubiera cubierto la aseguradora. Es decir, hay que contratarlo si o si.
 
Qué pasa si se termina la relación laboral antes del año?
 
El asegurado es el trabajador, por lo tanto, se va a beneficiar el nuevo empleador. Y si usted recibe un nuevo trabajador que viene con seguro, usted no tendrá que contratarlo.
 
Qué pasa cuando se vence el seguro?
 
Si el país está en estado de emergencia, va a tener que contratarlo nuevamente por otro año. Si la emergencia pais ya pasó, está ley ya no estaría vigente.