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Febrero 01, 2016
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Los trabajadores(as) de casa particular no están obligados al uso de uniformes, delantales o cualquier otro distintivo o vestimenta identificadores, en espacios públicos como parques, plazas, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales, clubes sociales u otros de similar naturaleza, o también ámbitos sociales que tengan el carácter externos a la intimidad doméstica habitual de las partes de la relación laboral.

El enigma de la nana que sostiene el quitasol en una playa de Concón

Febrero 03, 2016
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¿Quiénes deben registrar el contrato de trabajo de una trabajadora de casa particular?

Los empleadores que celebren un contrato de trabajo con una trabajadora de casa particular a partir del 1 de enero de 2015 deben registrar las estipulaciones pactadas en el contrato en la Dirección del Trabajo. De igual forma deben proceder a hacer el registro, aquellos empleadores que actualicen los contratos de trabajo de una trabajadora de casa particular a partir de la fecha antes señalada.

Febrero 03, 2016
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LEY NÚM. 20.786

MODIFICA LA JORNADA, DESCANSO Y COMPOSICIÓN DE LA REMUNERACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE CASA PARTICULAR, Y PROHÍBE LA EXIGENCIA DE UNIFORME EN LUGARES PÚBLICOS 

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